Auto Supremo AS/0103/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

Debe agregarse, que toda autoridad judicial además de cumplir con el deber de fundamentación, deberá


Debe agregarse, que toda autoridad judicial además de cumplir con el deber de fundamentación, deberá observar estrictamente el principio de congruencia con referencia al texto de cada resolución emitida, pues como establece el ordenamiento jurídico, toda resolución tiene una estructura básica que marca la estructura formal que tiene que respetarse. Así, el art. 123 del CPP, establece que constituyen requisitos esenciales de toda resolución judicial, la indicación del número y materia del juzgado o tribunal, la individualización de las partes, el lugar y fecha en que se dictó y la firma del juez; y, teniendo en cuenta el art. 124 del CPP, deberá también contener los motivos de hecho y de derecho en que se basan las decisiones adoptados y el valor otorgado a los medios de prueba, en los casos que corresponda. Con base a las citadas normas y la práctica forense, toda resolución contendrá una suma de las pretensiones y del objeto de la resolución, la mención de los hechos comprobados por el juzgador, la exposición del razonamiento del juzgador y las normas legales que sirven de sustento y finalmente la parte resolutiva que deberá responder a las partes precedentes, lo que significa, que la decisión debe guardar completa correspondencia con todo lo expuesto a lo largo del texto de la resolución