Auto Supremo AS/0109/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0109/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

En cuanto a la denuncia sobre la valoración de la prueba, se advierte que en


En cuanto a la denuncia sobre la valoración de la prueba, se advierte que en el recurso de apelación restringida, la recurrente cuestionó la valoración probatoria que efectuó el Juez inferior sobre las declaraciones testificales de Sasha Paola Galatorie, Patricia Rivas y Juan José Avelino Alfageme, citando al efecto como precedentes contradictorios los Autos Supremos 214 de 28 de marzo de 2007 y 66 de 12 de mayo de 2005, referidos a que en la valoración de las pruebas no puede realizase una simple relación de estas, sino necesariamente debe otorgársele un valor a cada una; alegación que fue respondida por el Tribunal de apelación, a través del Auto de Vista impugnado señalando que: “…el A quo realiza una valoración de la prueba producida durante el juicio oral público y contradictorio, no siendo evidente que se haya incumplido lo determinado por el Art. 370 del Código de Procedimiento Penal” (sic), fundamentación que resulta insuficiente, por cuanto de ningún modo respondió a los argumentos específicos expuestos en apelación restringida; por lo que resulta evidente que el Auto de Vista recurrido, denota una ausencia de fundamentación, constituyéndose en una omisión contraria al deber de una adecuada y suficiente fundamentación al que están llamadas las autoridades jurisdiccionales, ampliamente desarrollado en la doctrina emitida por este Máximo Tribunal de Justicia, razón por la cual este motivo es fundado