Auto Supremo AS/0113/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0113/2016

Fecha: 05-Feb-2016

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN

CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En la forma.-
Refiere que el contenido de la demanda y la respuesta de las partes resulta ser la base de la relación procesal, sobre el cual el Juez emite la Sentencia de acuerdo al art. 190 del Código de Procedimiento Civil, refiriendo que en la demanda de fs. 59 a 65 subsanada a fs. 68 el actor no invoca ni peticiona la cancelación del cambio de nombre realizado en el Gobierno Municipal, ni la misma fue establecida en el Auto de relación procesal de fs. 95, complementado a fs. 104; acusa asimismo que ninguna persona puede ser condenada sin haber sido juzgada y oída en un debido proceso conforme al art. 117 de la Constitución Política del Estado, que conculca su derecho a la defensa conforme el art. 119.II del texto Constitucional, que tiene vinculación con el art. 190 del Código de Procedimiento Civil, acusa también infracción de principio de congruencia en la Sentencia que fue convalidado por el Tribunal de Alzada, por lo que solicita anular obrados hasta la Sentencia