Auto Supremo AS/0117/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2016-RRC

Fecha: 17-Feb-2016

Por otro lado, tomando en cuenta que para la determinación de la pena no es


Por otro lado, tomando en cuenta que para la determinación de la pena no es suficiente considerar y ponderar las circunstancias referidas a la personalidad del autor únicamente; sino, que deben valorarse los factores inherentes a la gravedad del hecho y a las consecuencia producidas por este, el Tribunal de alzada concluyó, conforme a lo normado en el art. 38 inc. 2) del CP (gravedad del hecho), que el medio empleado para la comisión del delito de Homicidio, era un arma punzo cortante (cuchillo); por lo que, de acuerdo al sistema penal vigente, garantista y preservador de los derechos fundamentales del encausado y de la víctima, y tomando en cuenta la extensión del daño causado con el ilícito a la familia de la víctima (consecuencias), concluyó que la pena impuesta al imputado está dentro de los cánones legales establecidos en los arts. 37, 38 y 40 del CP, aspectos que también fueron considerados y debidamente fundamentados en la Sentencia, conforme se advierte del extracto plasmado en el apartado II.1, incs. 2) y 3) de este Auto Supremo