La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con el Requerimiento Fiscal, de
Por lo expuesto, constatándose que los razonamientos contenidos en la Sentencia y en el Auto de Vista recurrido, se ajustan a la normativa sustantiva penal y a la doctrina legal citada en el presente Auto Supremo, demuestra que el Tribunal de alzada no incurrió en violación de la norma sustantiva; por lo que, el recurso deviene en infundado.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con el Requerimiento Fiscal, de fs. 1574 a 1578, con la atribución conferida por el art. 59 inc. 1) de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg) y en aplicación del art. 307 inc. 2) del CPP de 1972, deliberando en el fondo, declara INFUNDADO, el recurso de casación presentado por Alberto Gallardo Paredes, cursante de fs. 1563 a 1564
- Por memorial presentado el 28 de febrero de 2011, cursante de fs
- a) Por Sentencia 78/2009 de 11 de septiembre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la parte querellante interpuso recurso de apelación (fs
- El recurrente argumenta, previa cita textual de parte del contenido del Auto de Vista recurrido,
- Por lo expuesto, pide se case la Resolución impugnada y se imponga a David Ramos
- Radicada la causa en este Tribunal, en cumplimiento a lo dispuesto por el art
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- El Juez Segundo de Partido en lo Penal Liquidador, emitió la Sentencia 78/2009 de 11
- II.2. Del recurso de apelación
- Notificado el recurrente con la Sentencia, interpuso recurso de apelación, fundamentando con relación al motivo
- II.3.Del Auto de Vista
- Radicada la causa, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia, resolvió el recurso
- La primera Disposición Final del vigente Código de Procedimiento Penal, establece que entrará en vigencia
- En el caso de autos, se tiene de los antecedentes, que el presente proceso, tuvo
- Ahora bien, en previsión de lo dispuesto por el art
- III.2. De la fijación de la pena ante la existencia de concurso de delitos
- El recurrente, a través del recurso de casación, cuestiona la interpretación del art
- A efectos de analizar el fondo de la cuestión, es preciso tomar en cuenta que
- En ese entendido, cuando existe el concurso real de delitos, es deber del juez de
- En ese entendido, queda claramente establecido que el Juzgador, a tiempo de fijar el quantum
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- Ingresando al análisis del caso concreto, se advierte que el Juez de Sentencia, para determinar
- En cuanto, a la subsunción de la conducta de los encausados a tres tipos penales,
- Contra dicha Resolución, el querellante planteó recurso de apelación, en el que, entre otras cuestiones,
- Por otro lado, se aclara que, con relación al cuestionamiento efectuado en casación referente a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con el Requerimiento Fiscal, de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
