Auto Supremo AS/0147/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2016-RRC

Fecha: 25-Feb-2016

Notificado el recurrente con la Sentencia, interpuso recurso de apelación, fundamentando con relación al motivo


Notificado el recurrente con la Sentencia, interpuso recurso de apelación, fundamentando con relación al motivo de casación que la Sentencia no consideró que en el caso del procesado David Ramos Choque se dio el concurso real de delitos, al haber incurrido en los delitos de Falsedad de Documento Privado, Falsedad Ideológica de Documento Público y Uso de Instrumento Falsificado, debido a que por lo menos en dos ocasiones falsificó las firmas y rúbricas de él y de su esposa, además de Jacqueline Zuñiga de Paredes. Como efecto de ello, conociendo sobre la falsificación, utilizó el documento privado como el acta de reconocimiento de firmas y rúbricas efectuadas ante el Notario de Fe Pública César Gutiérrez, para presentarlos al Banco Santa Cruz S.A.; y, así lograr que dicha entidad bancaria libere sus obligaciones, extremos que al no haber sido considerados por el Juez de Sentencia, constituye violación del art. 246 incs. 6) y 8) del CPPabrg.; por cuanto, debió aplicarse la pena correspondiente al delito más grave en su grado máximo; es decir, la sanción impuesta de tres años de privación de libertad, no cumple con dicho precepto, considerando que la falsedad ideológica de documento público y uso de instrumento falsificado tiene una sanción de privación de libertad máxima de seis años y no de tres; por lo que, se infringió las disposiciones legales antes mencionadas para la fijación de la pena, resultando que el procesado se benefició con una pena mínima de tres años