Auto Supremo AS/0112/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0112/2016

Fecha: 30-Mar-2016

Siguiendo este razonamiento, ante la inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos

Siguiendo este razonamiento, ante la inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos del ente gestor, el SENASIR certificará los aportes con documentación supletoria (Finiquitos, Certificados de trabajo, Boletas de pago o planillas de haberes, Partes de afiliación y baja de las Cajas de Salud respectivas, Record de servicios o Calificación de años de Servicio, Contratos de trabajo, memoranda de designación y despido, Liquidación de internación de minerales, para el caso de cooperativistas mineros u otros documentos equivalentes para estos cooperativistas); documentación que será utilizada incluso cuando el SENASIR no cuente con planillas y por haber evidenciado que en las planillas que cursa en archivos, muchos asegurados no figuran en las mismas, pero que cuentan con documentación que acreditan que prestaron servicios en empresas e instituciones sujetas a la seguridad social de largo plazo, perjudicando la certificación de aportes y la otorgación de las prestaciones que le corresponde al asegurado del sistema de reparto