Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0166/2016-RRC
Fecha: 07-Mar-2016
I.1.2.Petitorio
I.1.2.Petitorio
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Por memorial presentado el 21 de julio de 2015, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a) Por Sentencia 15/2014 de 25 de septiembre (fs
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b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Basilia Acarapi Huanca presentó recurso de apelación restringida
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I.1.1. Motivos del recurso
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De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos para su análisis
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I.1.2.Petitorio
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La recurrente solicita se declare fundado su recurso, sentando la doctrina legal aplicable, disponiendo la
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I.2.Admisión del recurso
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Del memorial del recurso de casación interpuesto por la recurrente y del Auto Supremo 594/2015-RA
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
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Por Sentencia 015/2014 de 25 de septiembre, el Tribunal Primero de Sentencia de El Alto
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Los hechos probados en juicio oral establecieron que: i) Por las declaraciones tanto de cargo
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II.2.Apelación restringida
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II.3. Del Auto de Vista
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El Tribunal de alzada declaró improcedentes las cuestiones planteadas y confirmó la Sentencia apelada, argumentando
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Los motivos del recurso de casación fueron admitidos debido a que se denunció que el
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III.1.Respecto de la denuncia de precaria fundamentación de la resolución recurrida
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Orlando A
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Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, entre otros el Auto
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Ahora bien, considerando los criterios expuestos anteriormente, corresponde verificar en el caso concreto, si el
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Estos cuestionamientos formulados en apelación, merecieron la siguiente respuesta de parte del Tribunal de alzada:
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III
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En principio corresponde señalar que la imposición de la pena, corresponde a la autoridad sentenciadora,
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Es así, que en el Auto Supremo 510/2014-RRC de 1 de octubre, en otro caso,
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En cuanto a la imposición de la pena, este máximo Tribunal de Justicia precisó criterios
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En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
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La edad, es un factor que, dependiendo del caso, puede operar como agravante o atenuante
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Sin embargo, la sola falta de arrepentimiento o confesión no puede valorarse para hacer más
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b) La mayor o menor gravedad del hecho, que tiene que ver con lo previsto
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c) Circunstancias y las consecuencias del delito, que también deben ser consideradas en el caso
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En cuanto a la finalidad de las sanciones, este Tribunal de Justicia, en el Auto
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La doctrina internacional con autores como Eugenio Raúl Zafaroni en su obra Manual de Derecho
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Ahora bien, en lo que respecta a la primera etapa de individualización de la pena
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Sobre la obligación de fundamentar la imposición de la pena, existe amplia doctrina emanada por
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo intérprete de la ‘legalidad’, cumple una
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Es evidente que el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación ya ha establecido una
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En grado de apelación restringida, corresponde al Tribunal de alzada, ejercer el control sobre la
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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