Auto Supremo AS/0171/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0171/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

II.1.Del desarrollo de la audiencia de juicio oral de 10 de septiembre de 2014


2) Por otro lado, arguye que ante su reclamo de que el presente conflicto no era de competencia de la Jueza de materia Penal; sino, de materia Civil, el Auto de Vista impugnado en sus puntos dos y tres del considerando tercero, señaló que su persona como recurrente no hizo reserva de apelación, situación por el que no podía ser considerado su reclamo; sin embargo, afirma, que del cuaderno de juicio de fs. 144 a 147, se tiene que respecto a la Resolución 38/2014 de 10 de septiembre, que declaró improbados los incidentes y excepciones de incompetencia, hizo la reserva de apelación; empero, el Tribunal de alzada omitió su consideración, en vulneración de su derecho a la defensa, debido proceso y a la igualdad de las partes.

I.1.2. Petitorio

La parte recurrente solicita se declare admisible su recurso y conforme al art. 419 del CPP, se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz dicte nuevo fallo conforme a la doctrina legal aplicable.

I.2. Admisión del recurso

Mediante Auto Supremo 647/2015-RA de 26 de noviembre, cursante de fs. 434 a 437, este Tribunal por vía de flexibilización admitió el recurso formulado por la parte recurrente, únicamente para el análisis de fondo de sus motivos primero y segundo.

II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente:

II.1.Del desarrollo de la audiencia de juicio oral de 10 de septiembre de 2014