Auto Supremo AS/0231/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0231/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

5) Violación del art


5) Violación del art. 193 del CPP, porque los testigos no eran terceras personas ajenas a las partes en contienda, como ser los oficiales de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC) y el perito Roberto Chambi Chinche, quien es el que firma el dictamen pericial efectuado, contaminando la prueba documental al oficiar como testigo de cargo en juicio oral, ignorando que el testigo debe ser una persona ajena a las partes que declare en el proceso solamente para demostrar la veracidad de los hechos y en el presente caso el testigo resulta un coadyuvante del Ministerio Público; en consecuencia, la prueba documental y testifical debió ser excluida por ser atentatoria a los principios del derecho procesal, constituyendo prueba ilícita al tenor del art. 172 del CPP, por cuanto, los policías son dirigidos por los Fiscales