El art
Con relación a la temática planteada, en el otrosí primero, invoca como precedentes contradictorios el Auto Supremo 28/2014 de 18 de febrero y las Sentencias Constitucionales 1708/2011-R de 21 de octubre, 0245/2006-R de 15 de marzo y 403/2010-R de 28 de junio.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 15 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Al respecto invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 028/2014-RRC de 18 de febrero de
- 3) Se incurrió en el defecto contenido en el art
- 4) Violación del art
- 5) Violación del art
- 6) Violación del art
- 7) Refiere la vulneración del art
- Al respecto invoca como precedente contradictorio el Auto de Vista 145/2002 emitido por la Sala
- 8) Señala que existió vulneración del debido proceso porque no se dio curso a
- Al respecto invoca como precedentes contradictorios la Sentencia Constitucional 0104/2013 de 22 de febrero y
- 9) Violación del art
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer y octavo motivo, en los que se refieren a que existió
- Con relación a la temática planteada, en el otrosí primero, invocó como precedentes contradictorios el
- Finalmente, respecto de los motivos planteados el recurrente incumple lo dispuesto por el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
