Auto Supremo AS/0071/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0071/2016

Fecha: 07-Abr-2016

En nuestro país, el beneficio de jubilación que recibe un adulto mayor, es un derecho

El art. 13.I de la CPE, establece que: ‘Los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales, interdependientes indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos’. (…)
En nuestro país, el beneficio de jubilación que recibe un adulto mayor, es un derecho en razón de poder cubrir sus necesidades básicas, puesto que con su pago se sustenta a sí mismo, y eventualmente a los familiares que sigan bajo su dependencia, más aun tomando en cuenta que las personas de la tercera edad, constituyen un grupo de atención prioritaria en aumento