Auto Supremo AS/0284/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Argumenta el recurrente, que la presente acción penal no podía llevarse adelante porque se estableció


Argumenta el recurrente, que la presente acción penal no podía llevarse adelante porque se estableció la existencia de documentos públicos donde constan una relación contractual eminentemente de carácter civil y cuya situación de hecho demuestra que el presente caso fue tergiversado y distorsionado por los acusadores y juzgadores, convirtiéndolo en un proceso penal, siendo que esta vía es de última ratio, cita el Auto Supremo 241 de 1 de agosto de 2005, como precedente, el cual determina la competencia civil en casos análogos; extremo no considerado por el Tribunal de alzada porque advertido del defecto, debió aplicar el art. 46 del CPP, al no demostrarse la concurrencia de los elementos del dolo para subsumir el hecho al tipo penal de Estafa; toda vez que no puede penalizarse una obligación civil, vulnerando el art. 16 de la Constitución Política del Estado (CPE); además, de la expresa prohibición contenida en el art. 117.III de la CPE, con relación a la ley 1602 de 1994 Ley de Abolición de Prisión y Apremio Corporal por Obligaciones Patrimoniales, cuyo fundamento se encuentra en el Bloque de Constitucionalidad del art. 11 del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos y 7.7 de la Convención Americana de Derechos Humanos