Auto Supremo AS/0296/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0296/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

e) Respecto del defecto de la Sentencia previsto en el art


e) Respecto del defecto de la Sentencia previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, advierte que la jueza al momento de efectuar la valoración de la prueba, puso de manifiesto que los ilícitos acusados de encubrimiento y omisión; y, que las documentales debieron dirigirse a estos aspectos; asimismo, la Sentencia refiere que no se demostró la calidad de juez o funcionario público de la acusada para que recaiga en ella la obligación de denunciar, como tampoco se demostró como hubo ayudado la acusada a eludir la justicia, con relación a la prueba MPD6 el recurrente no menciona qué podría haber demostrado sobre la ayuda que pudo proporcionar la acusada para que el autor del delito principal eluda la acción de la justicia; finalmente, respecto de la inspección ocular de 26 de agosto de 2014, esta prueba no demuestra ningún vínculo sobre la ayuda que pudo proporcionar la acusada a fin de que el autor del delito principal de Lesiones Gravísimas pueda eludir la acción de la justicia o que omitió efectuar la denuncia estando por razón de su cargo obligada a hacerlo, por lo que no se justificó los supuestos defectos absolutos señalados