Auto Supremo AS/0320/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0320/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 64/2015 de


II.3.Del Auto de Vista impugnado

La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 64/2015 de 15 de septiembre, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró improcedente las cuestiones formuladas y confirmó la Sentencia impugnada, bajo los siguientes fundamentos expuestos en el cuarto considerando:

a) Resolviendo el primer motivo del recurso de apelación restringida, el Tribunal de alzada argumenta que el recurrente no fundamentó en qué consiste los agravios fundados en la supuesta existencia del defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) con relación al art. 342, ambos del CPP; asimismo, no había señalado si hizo el reclamo oportuno; omisiones que el Ad quem se halla impedido de suplir: En cuanto a la supuesta incorporación ilegal de la prueba pericial, el Ad quem refiere que dicha prueba fue ofrecida en la acusación particular en su otrosí 3ro, la cual había sido puesto en conocimiento del imputado, sin que este en el momento procesal oportuno hubiera interpuesto ningún incidente; asimismo, se le había notificado con la solicitud y señalamiento de día y hora para que el referido perito preste juramento; planteando el recurrente únicamente recusación contra el referido perito; asimismo, durante la producción de esta prueba pericial el abogado de la defensa había contrainterrogado al perito, sin realizar ningún reclamo ni objeción o incidente en resguardo de sus intereses, reiterando el Ad quem, que el recurrente no acredito la vulneración de derechos fundamentales