Auto Supremo AS/0332/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2016

Fecha: 12-Abr-2016

Extremo que se tiene corroborado por la confesión judicial (ver fs

Extremo que se tiene corroborado por la confesión judicial (ver fs. 99 a 100) del titular del préstamo William Oviedo Toledo Beltrán, donde señala en la respuesta tercera de su confesión que: “…Es evidente que ambas sumas las he recibido en la ciudad de Sucre y más concretamente en el domicilio de mis señores padres que a la vez es de propiedad de mi tío Raúl Toledo Arias, En lo demás también es evidente tales dineros constan en el cuaderno que se me exhibe pues fue escrito con mi puño y letra. (Las negrillas y el subrayado no pertenecen al original) (…) De la misma manera es evidente que en esa fecha indicada además en el lugar mencionado haber recibido la suma de dólares americanos cinco mil (…) Debo afirmar que es evidente la pregunta que se me hace pues en la fecha indicada he recibido la suma de dólares americanos seis mil, resultando que dólares cinco mil se canceló al capital y dólares americanos mil a los intereses (…) Es evidente pues en la fecha indicada la entrega de dólares americanos cinco mil se hizo a mi tío Raúl Toledo quien le firmo un recibo pues por entonces yo me encontraba ausente, además se hizo constar el monto cancelado de dólares quince mil cuyo recibo ha sido firmado por mi tío Raúl Toledo. Además debo aclarar que ninguna de estas sumas entregadas corresponden a la deuda de este proceso, es decir que el pago de esas sumas se refiere a una deuda de la Sra. Delia Apacani con mi tío Raúl Toledo monto similar a la deuda que se tiene en este proceso”, en virtud de sus propias declaraciones, el acreedor pretende desconocer que esos dineros recibidos por parte de los deudores fueran a cubrir otra deuda de tercera persona (Raúl Toledo “tio” del acreedor), que no fue parte del préstamo, incurriendo en absoluta contradicción e imprecisión con sus propias declaraciones tratando que los Juzgadores ingresen en confusión al pretender hacer creer que los dineros recibidos fuesen para su “tío” Raúl Toledo y no para sí mismo para satisfacer sus acreencias hecho totalmente fuera de lugar e incoherente. Sin embargo, si bien William Oviedo Toledo Beltrán pretende hacer creer que esos dineros recibidos fueron en favor del “tío” Raúl Toledo, empero no demuestra con prueba determinante que esos montos honrados fueran para una tercera persona y no para sí mismo, peor aún, que esa tercera persona no fue parte del contrato ni del presente caso de autos, si considera el acreedor que el supuesto tío tendría otra obligación con los ahora recurrentes, pues el mismo acudirá a la vía que corresponda si creyere conveniente para hacer prevalecer sus derechos