Auto Supremo AS/0332/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2016

Fecha: 12-Abr-2016

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

Distrito: Potosí.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 206 a 207 vta., interpuesto por Richard Escalante Aguilar y Delia Apacani de Escalante contra el Auto de Vista Nº 099/2015 de 22 de mayo de 2015, cursante de fs. 201 a 203, pronunciado por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, en el proceso Ordinario de Revisión de Acción Ejecutiva seguido por Richard Escalante Aguilar y Delia Apacani de Escalante contra William Oviedo Toledo Beltrán, la contestación de fs. 210, el Auto de concesión de fs. 211, los antecedentes del proceso y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Primero en lo Civil de la ciudad de Potosí, pronunció Sentencia Nº 05/2015 de 23 de febrero de 2015, de fs. 175 a 178 vta., que declara: 1.- IMPROBADA la demanda interpuesta de fs. 47 a 49 y subsanada a fs. 53, por Richard Escalante Aguilar y Delia Apacani de Escalante en contra de William Ovidio Toledo Beltrán. 2.- Sin lugar a dejar sin efecto las medidas precautorias solicitadas por el acreedor en ejecución de Sentencia, dentro el tramite ejecutivo, conforme se tiene demandado.
Resolución de primera instancia que es recurrida de Apelación por Richard Escalante Aguilar y Delia Apacani de Escalante (demandantes), por memorial de fs. 183 a 185 y vta., mismo que mereció el Auto de Vista Nº 099/2015 de 22 de mayo de 2015, cursante de fs. 201 a 203, pronunciado por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí que, CONFIRMA la Sentencia recurrida, con el fundamento de que las pruebas aportadas por los demandantes no acreditan las causales legales para la procedencia de la pretensión