Auto Supremo AS/0336/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Auto Supremo 268 de 27 de abril de 2009, dictado dentro del proceso penal seguido


Auto Supremo 268 de 27 de abril de 2009, dictado dentro del proceso penal seguido por los delitos de Despojo, Apropiación Indebida y Abuso de Confianza; Auto de Vista impugnado que fue dejado sin efecto al evidenciarse que, la Jueza de sentencia se apartó de la Acusación Particular vulnerando así el principio de congruencia establecido en el art. 362 del CPP; generando así la emisión de la siguiente doctrina legal aplicable:

“De acuerdo a lo establecido por el art. 362 del Código de Procedimiento Penal, el imputado no podrá ser condenado por un hecho distinto al atribuido en la acusación o en su ampliación, esto implica que debe haber congruencia entre los hechos por los que se ha planteado la acusación y la decisión final, correspondiendo al juez o tribunal pronunciarse de forma neutral dentro de los términos del debate, de la manera en que los hechos hubieren sido formulados y planteados tanto por la acusación y la defensa. No obstante, lo fundamental a considerarse, es que el fallo este relacionado con el mismo bien jurídico protegido por la norma penal que motivó la acusación, vale decir, que el bien jurídico protegido que sirvió de fundamento a la acusación y el de la sentencia, resulten ser homogéneos