Por la abundante fundamentación expuesta concluye que en el Auto de Vista Nº 113/2015 de
Por la abundante fundamentación expuesta concluye que en el Auto de Vista Nº 113/2015 de 12 de junio de 2015 y complementario de 22 de junio de 2015, concurren las causas que hacen procedente el recurso de casación en el fondo y en la forma, pidiendo al Tribunal Supremo de Justicia la estricta aplicación del art. 271 num. 4) del Código de Procedimiento Civil case el Auto de Vista referido, disponiendo que el Juez de Partido Segundo en lo Civil dicte sentencia conforme los datos del proceso
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- Mary Martha Mendoza
- Proceso: Rescisión de contrato
- Distrito: Potosí
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En el fondo
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- En la forma
- Por la abundante fundamentación expuesta concluye que en el Auto de Vista Nº 113/2015 de
- La parte demandante por sí y en representación de sus mandantes, considera que el Auto
- Señala que la parte contraria habría interpuesto recurso de casación enunciando reiteradamente errónea y mala
- III. 1. De la procedencia del recurso de casación contra Autos Definitivos
- El art
- “Al respecto diremos que los autos interlocutorios simples son resoluciones que deciden las cuestiones incidentales
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por las consideraciones realizadas, no se apertura la competencia de este Tribunal de casación para
- Con costas y costos
- Se llama la atención al Tribunal de Segunda Instancia por la concesión errada del recurso
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
