Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0132/2016
Fecha: 06-May-2016
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Auto Supremo Nº 132/2016
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Expediente: SC-CA.SAII-LP.042/2016
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Distrito: La Paz
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Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
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CONSIDERANDO I: Que dentro del recurso de reclamación seguido por José Diego Terceros Morales, la
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Formulado el recurso de reclamación interpuesto por el asegurado cursante a fs
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Ante esta determinación, José Diego Terceros Morales, apoderado legal del asegurado, interpuso recurso de casación
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Se debe tener presente que no existe normativa que otorgue atribución al ente gestor para
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Sostuvo que, la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo de Justicia, por prescripción del art
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Arguyó que es lamentable que el auto de vista recurrido, contravenga la aplicación correcta de
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Que el auto de vista impugnado, contiene una incorrecta interpretación y fundamentación inaplicable al caso,
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Concluyó solicitando que este tribunal, case el auto de vista recurrido, disponiendo revocar la
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CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
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Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se constata que, la asegurada, ha
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Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y la certeza de
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A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
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De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los
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Por otra parte el derecho a la seguridad social y el derecho a la jubilación,
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Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido, no se ajusta
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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