- Auto Supremo Nº 132/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.042/2016
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que dentro del recurso de reclamación seguido por José Diego Terceros Morales, la
- Formulado el recurso de reclamación interpuesto por el asegurado cursante a fs
- Ante esta determinación, José Diego Terceros Morales, apoderado legal del asegurado, interpuso recurso de casación
- Se debe tener presente que no existe normativa que otorgue atribución al ente gestor para
- Sostuvo que, la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo de Justicia, por prescripción del art
- Arguyó que es lamentable que el auto de vista recurrido, contravenga la aplicación correcta de
- Que el auto de vista impugnado, contiene una incorrecta interpretación y fundamentación inaplicable al caso,
- Concluyó solicitando que este tribunal, case el auto de vista recurrido, disponiendo revocar la
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se constata que, la asegurada, ha
- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y la certeza de
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los
- Por otra parte el derecho a la seguridad social y el derecho a la jubilación,
- Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido, no se ajusta
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
