Auto Supremo AS/0143/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0143/2016

Fecha: 12-May-2016

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, luego de haber sido anulada totalmente la Sentencia N°

Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 204 a 206, interpuesto por la Empresa Minera de Huanuni representada legalmente por Daniel Augusto Careaga Garrón, contra el Auto de Vista N° 130/2015 de 28 de julio, de fs. 162 a 165 vta., emitido por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso que por reincorporación sigue Humberto Choquecallata Iriarte contra la empresa recurrente, la respuesta a fs. 209, el Auto a fs. 212 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, luego de haber sido anulada totalmente la Sentencia N° 04/2014 por Auto de Vista N° 49/2014 de 29 de mayo, emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro de fs. 81 a 83 vta., el Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia y Público de la Niñez y Adolescencia de Huanuni del Distrito Judicial de Oruro, emitió nueva Sentencia N° 01/2015 el 26 de enero de fs. 131 a 134 vta., declarando probada la demanda principal a fs. 24 vta., aclarada y complementada por memorial a fs. 26, por haberse procedido con el retiro ¡legal del actor de su fuente laboral, por lo que dispuso la reincorporación del trabajador Humberto Choquecallata Iriarte al puesto de trabajo que tenía en la empresa minera Huanuni, con el mismo nivel salarial que tenía antes de su retiro ilegal, más el pago de sus salarios devengados y beneficios sociales que le correspondan entre la fecha de su retiro y su reincorporación, siempre que no haya percibido remuneraciones por otros conceptos en ese tiempo. Con costas a favor del demandante