Por lo que, si el actor demandó su reincorporación en la Empresa Minera Huanuni, y
Por lo que, si el actor demandó su reincorporación en la Empresa Minera Huanuni, y la empresa demandada consideró no corresponder dicha pretensión por los argumentos que expuso en su contestación a la demanda, en observancia del principio de inversión de la carga de la prueba, conforme determinan los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT, el empleador se encuentra obligado a enervar o desvirtuar lo afirmado por el trabajador, a través de prueba eficiente, pues el demandado debió demostrar la comisión del delito de hurto de minerales a la Empresa por parte del actor y su retiro de su fuente laboral por dicha causa
- Distrito: Oruro
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, luego de haber sido anulada totalmente la Sentencia N°
- En grado de apelación interpuesto de fs
- Contra el referido fallo, la empresa Minera Huanuni a través de su representante legal, planteó
- Expresa que el considerando II
- Señala en relación al principio de congruencia la Sentencia Constitucional (SC) N° 1521/2011-R de 11
- Indica que el Tribunal ad quem desconoció lo establecido en los arts
- Acota que el AS N° 355 de 25 de noviembre de 2005, en su contenido
- Concluye solicitando se case en el fondo el auto de vista recurrido y se declare
- CONSIDERANDO II: Que, expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, se coligen
- En relación a la acusación de vulneración de lo establecido en el art
- A efectos de lo anotado precedentemente, es preciso hacer referencia a lo previsto en el
- En mérito a lo cual, toda resolución judicial debe constituir una unidad jurídica lógica y
- Realizada la lectura y análisis del Auto de Vista N° AV-SECCASA 130/2015 de 28 de
- Respecto a la aseveración de que el considerando II
- En referencia a que el motivo de retiro de Humberto Choquecallata fue por robo de
- Asimismo, es menester expresar que, de la lectura de las resoluciones de instancia y lo
- También, debe tenerse presente que conforme la uniforme jurisprudencia la apreciación y valoración de la
- Por lo que, si el actor demandó su reincorporación en la Empresa Minera Huanuni, y
- En cuanto a la aseveración de que el Tribunal ad quem desconoció lo establecido en
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
