Auto Supremo AS/0151/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2016

Fecha: 12-May-2016

En ese sentido, si bien es cierto que la Ley Nº 2028 Ley de Municipalidades,

En ese sentido, si bien es cierto que la Ley Nº 2028 Ley de Municipalidades, refiere en su art. 44 sobre las atribuciones que tiene el Alcalde Municipal, la Resolución Técnico Administrativa Municipal Nº 266/01, se fundó en aplicación de los incisos 6 y 8 que señala: “6. Designar y retirar a los Oficiales Mayores y personal administrativo. 8. Planificar, organizar, dirigir y supervisar las labores del Órgano Ejecutivo”. En ese entendido, si bien la Máxima Autoridad Ejecutiva tiene la facultad de designar y retirar al personal administrativo, no puede sin embargo disponer de recursos públicos para el pago de alimentación y transporte de personal que son designados en comisión y que por ende cuentan con un salario mensual que perciben de su institución tutelar, por lo que no puede constituir ese extremo como gasto de funcionamiento del municipio como expresó el recurrente