Auto Supremo AS/0447/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0447/2016

Fecha: 06-May-2016

Concluyendo que si una resolución judicial no se enmarca a las dos reglas señaladas, se

Toda resolución judicial debe guardar la debida congruencia, resaltando de la doctrina legal aplicable, “decidir sólo sobre lo alegado y debatido”.
Concluyendo que si una resolución judicial no se enmarca a las dos reglas señaladas, se estará frente a la llamada incongruencia, que aplicada a las expuestas, dará lugar a la incongruencia positiva, entendiéndose que se efectiviza cuando el juzgador extiende su decisión más allá de los límites del problema judicial que fue sometido a su consideración; o la incongruencia negativa, cuando el juzgador omite el debido pronunciamiento sobre alguno de los términos del problema judicial, en este caso la resolución será citra petita, lo que implica que el Juez deja sin resolver algo que ha sido pedido u excepcionado