Auto Supremo AS/0475/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0475/2016

Fecha: 12-May-2016

En tanto que la Minuta, no es más que la constancia escrita entre las partes

En tanto que la Minuta, no es más que la constancia escrita entre las partes contratantes que se expresa en documento específico que da cuenta de la existencia del contrato ya realizado, donde se plasma o consigna de manera literal el acuerdo de voluntades; tiene por objeto constituir prueba de que el contrato en realidad existe generando derechos y obligaciones; sin embargo la minuta se constituye en la base fundamental de la escritura pública