Señala la vulneración del art
Acusa la vulneración del art. 154 del Código Procesal del Trabajo (CPT), al no considerarse la aplicación de la jurisprudencia existente sobre la materia, que determinan que en este tipo de relaciones contractuales, no existe una vinculación laboral.
Señala la vulneración del art. 19 de la LGT, ya que los de instancia practican una liquidación a favor del actor sobre un sueldo promedio inexistente cuya determinación se desconoce, ya que toda liquidación se efectúa sobre la base del promedio de ingresos que hubiere tenido el trabajador en los últimos tres meses anteriores a la ruptura contractual. Por lo que se vulnero este precepto ya que la sentencia ni el auto de vista indican cuáles habrían sido las supuestas remuneraciones que habría recibido el actor y en qué documentos se evidenciaría tales cuantías, responsabilizando este extremo a la empresa demandada, toda vez que no habiendo existido salario, menos podría presentarse la documentación exigida donde se establezca un salario en favor del demandante
Señala la vulneración del art. 19 de la LGT, ya que los de instancia practican una liquidación a favor del actor sobre un sueldo promedio inexistente cuya determinación se desconoce, ya que toda liquidación se efectúa sobre la base del promedio de ingresos que hubiere tenido el trabajador en los últimos tres meses anteriores a la ruptura contractual. Por lo que se vulnero este precepto ya que la sentencia ni el auto de vista indican cuáles habrían sido las supuestas remuneraciones que habría recibido el actor y en qué documentos se evidenciaría tales cuantías, responsabilizando este extremo a la empresa demandada, toda vez que no habiendo existido salario, menos podría presentarse la documentación exigida donde se establezca un salario en favor del demandante
- Auto Supremo Nº 182/2016
- Sucre, 27 de junio de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.054/2016
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Tramitado el proceso de referencia, la Juez Cuarto de Partido de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación de fs
- El referido auto de vista, motivó a la entidad demandada a interponer el Recurso de
- Alega que el art
- Indica que este tipo de actividades no tiene una relación laboral, por encontrarse sujetos a
- Manifiesta que estos servicios de distribución o comercialización descritos, no tiene carácter de exclusividad, siendo
- Señala la vulneración del art
- Concluyó el recurso solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, casar el Auto de Vista Nº
- Por memorial de fs
- En el caso de autos, se establece que entre el actor y la empresa demandada
- De igual manera, la prueba cursante de fs
- En relación con lo referido en el acápite anterior, desde el punto de vista laboral
- El pago de una comisión consiste precisamente en el reconocimiento de un porcentaje o de
- Por otro lado, se debe dejar claramente establecido que el art
- Respecto de la vulneración del art
- Por lo relacionado precedentemente, se concluye que siendo la relación del actor con la empresa
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
