Auto Supremo AS/0200/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Al respecto, analizado el recurso de apelación de fs

Al respecto, analizado el recurso de apelación de fs. 307 a 320, interpuesto por la parte demandada, se evidencia que este tópico no fue expresado como agravio en el aludido recurso de Alzada, activándose el principio de preclusión establecido en el art. 3.e) concordante con el art. 57 ambos del CPT, señalando que el proceso consiste, en el desarrollo de las diversas etapas en forma sucesiva, mediante la clausura definitiva de cada una de ellas, el juez impedirá el regreso a momentos procesales ya extinguidos o consumados, rechazando de oficio toda petición por pérdida de la oportunidad conferida por Ley para la realización de un acto procesal, sin necesidad de solicitar informe previo al Secretario ni otro trámite; no siendo por tanto evidente la vulneración denunciada, toda vez que existiendo una presunta causal de nulidad, está no fue oportunamente impugnada por la parte afectada, de donde resulta inadmisible que en la vía del recurso de casación o nulidad, se pretenda regresar a momentos procesales ya extinguidos y consumados, en franca vulneración al principio de preclusión aludido; al respecto el artículo 258.3) del CPC prevé: “En el recurso de nulidad no será permitido presentar nuevos documentos ni alegar nuevas causas de nulidad por contravenciones que no se hubieran reclamado en los tribunales inferiores, salvo los casos que interesen al orden público para efectos del artículo 252”