Auto Supremo AS/0200/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Denunció la transgresión y conculcación de los arts

I.2.2. En el fondo
Denunció la transgresión y conculcación de los arts. 1283, 1286, 330, 331 y 377 del CPC, aclarando que las pruebas aportadas como pre constituidas no han sido consideradas por los juzgadores de instancia, cuando se refiere al principio de disponibilidad en la aportación de pruebas, se menciona que las partes tienen la iniciativa probatoria, por lo tanto, el juzgador deberá dictar la resolución de fondo con arreglo a lo alegado y probado por las partes, realizando una valoración de las pruebas aportadas