Auto Supremo AS/0200/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Mencionó que existen leyes que pueden ser aplicadas en concordancia con el art

Mencionó que existen leyes que pueden ser aplicadas en concordancia con el art. 191 del CPC derogado, en ambas instancias han desoído el mandato de los arts. 1286 del CC y 397 del CPC, citando al respecto jurisprudencia contenida en Auto Supremo (AS) Nº 126, de 26 de junio de 1997, señalando además que, los operadores de justicia no sólo deben basarse en las disposiciones legales, sino que su obligación es hacer justicia, ya que de haber actuado de acuerdo a la equidad que enseña la sana crítica y prudente criterio, no se hubiera llegado a esta instancia, pues si se hubiere obrado además del estudio minucioso y prolijo, con el principio de exhaustividad, coherencia y congruencia, diferente seria la situación y, que de acuerdo a diferentes Autos Supremos, se puede constatar que, se faculta para dar una revisión exhaustiva de las resoluciones dictadas por los jueces de instancia para que la Sentencia sea coherente y constituya una pieza jurídica congruente, citando al respecto los Autos Supremos Nos. 237 de 26 de agosto de 1997 y 8 de 12 de enero de 1995