Auto Supremo AS/0203/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0203/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Con relación a la procedencia del recurso de casación en la forma establecida en el

Con relación a la procedencia del recurso de casación en la forma establecida en el art. 254 del CPC, señala que el Auto de Vista impugnado ha ingresado más de lo pedido en el recurso de apelación, sin tomar en cuenta los parámetros exigidos por el art. 236 del CPC, en ese sentido los Vocales se basan en una simple transcripción de la sentencia sin asumir la responsabilidad de emitir una resolución precisa y pertinente extralimitándose en su fundamentación. Indicando en relación a la sentencia, que en esta no existen argumentos jurídicos, premisa fáctica, premisa normativa y conclusión. Citando a continuación normativa internacional sobre derechos humanos contenida en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que de acuerdo al art. 410 de la Constitución Política del Estado (CPE) forman parte del bloque de Constitucionalidad con jerarquía y supremacía constitucional, citando a ese efecto los arts. 256, 115.II, 117 y 180 de la CPE, relacionados al debido proceso; así como el art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y art. 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, referidos a la debida motivación y fundamentación de las sentencias, establecidos en el ámbito interno en los arts. 115 y 117 de la CPE citados así como en la SC No 112/2010-R de 10 de mayo, reiterada en la SCP No 1471/2012 de 24 de septiembre y la SCP No 487/2014 de 25 de febrero