Auto Supremo AS/0459/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0459/2016-RRC

Fecha: 16-Jun-2016

El Auto Supremo 369 de 5 de abril de 2007, fue dictado por la Sala


El Auto Supremo 369 de 5 de abril de 2007, fue dictado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Suprema de Justicia, en la resolución de un recurso de casación en un proceso seguido por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, donde el Tribunal de casación constató que el Auto de Vista recurrido, no consideró que en al acta de juicio oral consta la prueba MP-D1 que guardó contradicción con las declaraciones de los testigos y la verdad de los hechos, creando duda suficiente respecto a la participación directa en el hecho criminoso por parte de la imputada, situación por el que fue dejado sin efecto, con la siguiente doctrina legal aplicable: “En la función jurisdiccional respecto a las resoluciones que se emitan, los Tribunales de Justicia deben aplicar las normas positivas de acuerdo a la preferencia prevista por el Art. 228 de la Constitución Política del Estado, correspondiendo en el nuevo modelo procesal penal la carga de la prueba al acusador particular o público, o a ambos, y en aplicación del principio constitucional de inocencia un procesado no puede ser considerado ni tratado como culpable, en tanto no exista sentencia condenatoria que adquiera la calidad de cosa juzgada material basada en un análisis individualizado de su participación en el delito, misma que debe ser plena sin lugar a duda razonable, resultando afectación al principio del debido proceso la valoración defectuosa o incorrecta de la prueba aportada en juicio, no siendo necesaria la realización de nuevo juicio si el Tribunal de la apelación considera que los hechos han sido demostrados y probados en juicio y únicamente corresponde actuar asignando correctamente a tales hechos el derecho, en este caso, la absolución