Auto Supremo AS/0471/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0471/2016-RA

Fecha: 24-Jun-2016

En cuanto al primer motivo se evidencia, que la parte recurrente denuncia, que ante el


En cuanto al primer motivo se evidencia, que la parte recurrente denuncia, que ante el reclamo efectuado por los acusadores particulares en su apelación restringida, en sentido que la Sentencia hubiera incurrido en errónea aplicación de la ley sustantiva, vulnerando el art. 370 inc. 1) del CPP, el Tribunal de alzada hubiera respondido en sentido que la prueba MP-1 no fue valorada de manera íntegra y la MP-3 no se consideró, como tampoco que la Fundación COTEFOR fuera una entidad sin fines de lucro; y menos se hubiera estudiado con relación al delito de Conducta Antieconómica que, si bien COTEFOR es una entidad sin fines de lucro; sin embargo, no se hizo un análisis de la vinculación directa o indirecta de la finalidad que persigue la misma y si el efecto de la discontinuidad del proyecto generó daño económico al Estado; y si concurría el hecho fáctico para la tipificación del ilícito de Conducta Antieconómica con relación al “coacusado”