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    Auto Supremo AS/0487/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0487/2016-RRC

    Fecha: 27-Jun-2016

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    • Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2015, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el acusado interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del recurso de casación y del Auto Supremo 216/2016-RA de 21 de marzo, se extrajeron
    • 1) Como primer motivo de su recurso, acusa incongruencia omisiva, indicando que el Auto de
    • 2) Finalmente denuncia, que la fundamentación complementaria respecto a la imposición de la pena no
    • I.2. Admisión del recurso
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 015/2014 de 10 de abril, el Juez Quinto de Partido Penal y de
    • 3) Que el 2005 la U
    • 4) La documental A16 emitido por la junta vecinal Alto Paraíso B agromin certifica que
    • 5) El delito de Despojo se consuma también cuando se mantiene en un lugar sin
    • II.2.Del recurso de apelación restringida del imputado
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • 1) Respecto al defecto del art
    • 2) Respecto a la Inobservancia de la ley sustantiva art
    • En el caso presente, la parte recurrente denunció que el Tribunal de apelación incurrió en
    • III.1. De los precedentes contradictorios invocados
    • En el primer motivo el recurrente invocó, el Auto Supremo 28/2014-RRC de 18 de febrero,
    • En cuanto, al Auto Supremo 266/2014-RRC de 24 de junio, fue dictado por la Sala
    • En el segundo motivo, el recurrente invocó el Auto Supremo 38/2013-RRC de 18 de febrero,
    • En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
    • Sin embargo, la sola falta de arrepentimiento o confesión no puede valorarse para hacer más
    • b) La mayor o menor gravedad del hecho, que tiene que ver con lo previsto
    • c) Circunstancias y las consecuencias del delito, que también deben ser consideradas en el caso
    • La fundamentación de la fijación de la pena es inexcusable, en este ámbito la exigencia
    • III.2.Análisis del caso concreto
    • III.2.1. Respecto a la denuncia de incongruencia omisiva
    • Sintetizada la denuncia traída a casación en la que, el recurrente denuncia, que el Tribunal
    • Continuando con los fundamentos de la Resolución recurrida, agregó, que cuando el apelante alega la
    • Por los argumentos expuestos en el Auto de Vista recurrido, se constata, que la denuncia
    • III.2. Sobre la denuncia de falta de fundamentación
    • Denuncia la parte recurrente, que la fundamentación complementaria del Tribunal de alzada respecto a la
    • Conforme se extractó en el apartado II
    • Ahora bien, de la revisión del Auto de Vista recurrido, conforme se extrajo en el
    • De esta relación necesaria de antecedentes, se evidencia, que el Tribunal de Alzada al momento
    • Por los argumentos expuestos, se concluye, que el Tribunal de apelación no cumplió a cabalidad
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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