Auto Supremo AS/0494/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0494/2016-RRC

Fecha: 27-Jun-2016

a) De la lectura de la Sentencia, se establece que en el considerando V el


El referido recurso de apelación restringida fue resuelto por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante el Auto de Vista impugnado, bajo los siguientes argumentos:

a) De la lectura de la Sentencia, se establece que en el considerando V el Juez a quo, efectúa un listado de la prueba documental de la acusación particular, luego de la prueba testifical y de la inspección judicial; así también, con relación a la prueba de la defensa, de la misma forma efectúa un listado de la prueba documental, de la prueba testifical y posteriormente con el subtítulo de “Apreciación conjunta de la prueba esencial producida”, hace referencia a algunos datos o información consignados en la prueba documental, haciendo lo propio en cuanto a los testigos de cargo, limitándose a señalar: “…los testigos que de forma uniforme precisaron que conocen a Sabino Mercado Fuentes, que él estuviere viviendo en el lote de terreno y que el acusador particular trabajaba en cosas de cerrajería, que tenía tinglado a lado de la casa que este habita, que este tinglado estaba hecho con maderas y calaminas…”, para finalmente señalar que se pudo establecer que las acusadas Raquel Suarez Tames y Caridad Verónica Mercado Suárez no habitan el bien inmueble donde se encontraba el referido tinglado de madera y calaminas; por lo que, se determinó que la acusada Giovanna Mercado Suárez habita el referido bien inmueble con dos habitaciones al fondo y que por seguridad de sus hijos hubiese desecho el tinglado