La actuación y límites circunscritos a los Tribunales de alzada en la resolución del recurso
La actuación y límites circunscritos a los Tribunales de alzada en la resolución del recurso de apelación restringida, en primer plano se hallan dispuestos por la competencia otorgada por el art. 51 inc. 2) del CPP; asumiendo un segundo plano en el marco sobre el cual aquel tipo de recurso debe ser resuelto; es así que, los arts. 407 y siguientes de la norma adjetiva penal, predisponen a partir de la propia naturaleza jurídica de este recurso dos aspectos, una incorrecta interpretación o aplicación de la ley (error in iudicando) o bien que la decisión del presunto agravio haya sido emitida a través de un procedimiento que no reúna requisitos o condiciones de validez (error in procedendo); de ello se desprende que la labor de los tribunales de apelación debe necesariamente estar apartada de una nueva valoración de la prueba producida en juicio, debiendo limitar su ámbito de decisión a que la revisión de la sentencia de grado posea fundamentos suficientes (tanto descriptivos como intelectivos) sobre la valoración de la prueba, su coherencia, orden, idoneidad a los principios de la sana crítica, motivación eficaz, y que ofrezcan en consecuencia certidumbre sobre la decisión de condena o absolución según el caso
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia de 23 de diciembre de 2011 (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 219/2016-RA de 21 de marzo,
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita que se ordene la nulidad del Auto de Vista y se ordene
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- i) Giovanna Mercado Suárez, despojó al querellante respecto al taller y tinglado construido de palos
- ii) Con relación al tipo penal de Daño Simple se tiene que, para que
- iii) Para el juzgador se configuraron los elementos propios del tipo penal de despojo, dándose
- II.2. De la apelación restringida
- i) Durante la sustanciación del juicio oral se produjo elementos de prueba como ser las
- ii) Refirió que existe el defecto de Sentencia previsto en el art
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- a) De la lectura de la Sentencia, se establece que en el considerando V el
- c) Refiere que corresponde a demás referir lo establecido en el art
- d) Refiriéndose a la fundamentación analítica o intelectiva de la Sentencia señala, que el Auto
- e) La parte apelante también considera que existe errónea aplicación del art
- f) Señala que el Juez A quo no aplicó correctamente el art
- g) Al respecto, debe tenerse en cuenta que la labor de subsunción es una labor
- h) A mérito de las consideraciones expuestas precedentemente se establece que existe fundamentos jurídicos para
- El motivo del recurso de casación fue admitido debido a que la recurrente denunció que
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- El art
- III.2. Valoración de la prueba
- valorarse la prueba producida durante el juicio de un modo integral y conjunto
- En referencia a lo señalado el Auto Supremo 438 de 15 de octubre de 2005,
- Asimismo, debe tomarse en cuenta que la labor de valoración de la prueba en los
- III.3. Labor del Tribunal de alzada respecto a la correcta valoración de la prueba
- La actuación y límites circunscritos a los Tribunales de alzada en la resolución del recurso
- Argumentos concordantes con los entendimientos asumidos en los Autos Supremos 332/2012-RRC de 18 de diciembre
- III.4.Del precedente contradictorio invocado
- Con relación al recurso de casación interpuesto por el recurrente, referido a que el Tribunal
- III.6.Análisis del caso concreto
- Sintetizada la denuncia traída a casación, el recurrente reclama que el Auto de Vista recurrido
- Al respecto, corresponde analizar el Auto de Vista y verificar si efectivamente revalorizó las declaraciones
- En consecuencia, no son evidentes los argumentos expuestos por el recurrente, tomando en cuenta que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
