Auto Supremo AS/0663/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0663/2016

Fecha: 15-Jun-2016

De esta manera y conforme a lo establecido en el punto III

De esta manera y conforme a lo establecido en el punto III.2. de la doctrina aplicable, ante la acusación de omisión en la valoración de prueba, este Tribunal Supremo de Justicia debe limitarse únicamente a constatar si dicho extremo resulta o no evidente, en esa lógica, se observa que la acusación expuesta por el recurrente no resulta evidente, pues el Tribunal de Apelación para realizar dicha apreciación , si realizó una valoración de la prueba ofrecida por el recurrente, motivo por el cual concluyó que el Juez A quo efectuó una correcta valoración de la prueba conforme a lo establecido en el art. 397 del Código de Procedimiento Civil, no resultando en consecuencia evidente el correspondiente reclamo