Auto Supremo AS/0704/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0704/2016

Fecha: 27-Jun-2016

De lo expuesto claramente se concluye que la única autoridad competente para determinar si

De lo expuesto claramente se concluye que la única autoridad competente para determinar si la demanda de revisión de sentencia ejecutoriada, se encuentra fuera de plazo es el Tribunal Supremo de Justicia, y por sindéresis es la autoridad facultada por ley para determinar la admisión o rechazo de este recurso extraordinario, y no así los Tribunales ordinarios de Justicia, quienes únicamente tienen competencia para sustanciar y determinar la existencia o no de fraude procesal