Auto Supremo AS/0704/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0704/2016

Fecha: 27-Jun-2016

III.1.- Del Fraude procesal


Refiere que los fundamentos expuestos en el Auto de Vista resultan claro precisos y positivos, por lo correspondería disponer la improcedencia del recurso y declarar su nulidad.

III.- DOCTRINA APLICABLE:

III.1.- Del Fraude procesal:

Este Tribunal Supremo en cuanto al tema del Fraude Procesal, en el Auto Supremo Nº 14/2015 de fecha 14 de enero, ha señalado: “ A esto corresponde señalar que el Art. 297 del C.P.C., establece las causales que dan lugar al recurso extraordinario de revisión en cuatro incisos que son: “1) si la sentencia se hubiera fundado en documentos declarados falsos; 2) los testigos hubieran sido condenados por falso testimonio; 3) si se hubiera ganado la sentencia en virtud de cohecho, violencia o fraude procesal; y 4) si, después de pronunciada la sentencia se recobraren documentos decisivos detenidos por fuerza mayor o por obra de la parte a favor de la cual se hubiera dictado sentencia"