Auto Supremo AS/0726/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0726/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Ahora el hecho que exista una Sentencia con calidad de cosa juzgada en el proceso

Respecto al OBJETO, en el presente proceso ordinario civil, es la reposición de partidas de inscripción en Derechos Reales, el reconocimiento de derecho propietario o mejor derecho de propiedad y entrega o restitución de bien inmueble, bajo el entendido que cursa una Sentencia judicial que determinó el derecho propietario de la parte actora; en cambio en el proceso de divorcio el objeto fue la búsqueda de una resolución judicial que declare la desvinculación matrimonial entre las partes contendientes al igual que la división y partición de los bienes del matrimonio BUZOLIC – PRUDENCIO.
Ahora el hecho que exista una Sentencia con calidad de cosa juzgada en el proceso de divorcio, donde se le reconozca al señor Ángel Buzolic Ayllon el derecho de revocar unilateralmente su acto de disposición a favor de sus hijos sobre el inmueble de la Av. América, no quiere decir que exista identidad de objeto; como se tiene dicho, el objeto que se busca con el presente proceso ordinario civil, es distinto al objeto que fue motivo de debate en el proceso de divorcio