Auto Supremo AS/0737/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0737/2016

Fecha: 28-Jun-2016

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo cursante de fs. 1844 a 1847, interpuesto por PROVIPET Ltda., representada por Miriam Fernández Durán contra el Auto de Vista Nº 93/2015 de fecha 10 de abril, cursante de fs. 1825 a 1828 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de Cumplimiento de contrato, con cobro de obligación pendiente, resarcimiento de daños y perjuicios por lucro cesante y su reputación seguido a instancia de PROVIPET LTDA. Contra M-I FLUIDS BOLIVIA S.A., la respuesta del recurso de fs. 1850 a 1853 y vta., la concesión del recurso de casación a fs. 1854, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que el Juez de Partido Décimo Tercero en lo Civil Comercial de la ciudad de Santa Cruz pronunció Sentencia de fecha 16 de marzo de 2012, cursante de fs. 1606 a 1613 y vta., declarando probada la demanda de la empresa PROVIPET LTDA. de cumplimiento de contrato y pago de daños y perjuicios, improbada la acción reconvencional por M.I FLUIDS BOLIVIA S.A., determinando el pago de la suma de $US; 81,955,56 más el interés legal del 06% anual a computarse a partir de la citación con la demanda, bajo previsión de embargo y remate de sus bienes