Auto Supremo AS/0768/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0768/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Al ser así, ciertamente la pretensión de la parte recurrente es inviable y perfectamente aplicable

Al ser así, ciertamente la pretensión de la parte recurrente es inviable y perfectamente aplicable la excepción de cosa juzgada en la demanda reconvencional de la recurrente, quien bajo el nomen juris de nulidad de sentencia Nº 18/2008 de fecha 17 de octubre de 2008, pretende reabrir el proceso de declaración judicial de unión libro o de hecho, ya concluido, aspecto que como lo expusieron el Juez A quo y el Tribunal de Alzada, no es procedente