Auto Supremo AS/0768/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0768/2016

Fecha: 28-Jun-2016

En ese entendido concluiremos indicando que AMBAS PRETENSIONES, DEMANDA PRINCIPAL Y DEMANDA RECONVENCIONAL no son

En ese entendido concluiremos indicando que AMBAS PRETENSIONES, DEMANDA PRINCIPAL Y DEMANDA RECONVENCIONAL no son viables en la litis, el primero por ser improponible y la segunda por la procedencia de la excepción de cosa juzgada , donde concurren los tres elementos que configuran a la misma (identidad de sujetos, objeto y causa), conforme lo establece nuestra normativa legal vigente en su art. 1319 del Código Civil, los cuales no serán objeto de mayor análisis, debido a que el recurso de casación no se encuentra enmarcado al desarrollo de los mismos