Auto Supremo AS/0768/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0768/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Auto de Vista

Auto de Vista:
La Resolución de Alzada resolvió los agravios planteados en apelación, estableció que la resolución emitida por el Juez A quo cumple con lo dispuesto en la línea jurisprudencia constitucional establecida en la S.C. Nº 0618/2007-R de fecha 17 de Julio, que la resolución impugnada contiene la suficiente motivación y fundamento para haber decido por declarar la existencia de cosa juzgada respecto a la demanda reconvencional, concluyendo que si bien el Auto definitivo no es ampuloso, pero es conciso, claro y expone las razones de su determinación.
Por otro lado, indicó que al haberse adjuntado la Sentencia de fecha 17 de octubre de 2008, confirmada por el Auto de Vista Nº 086/2009 de fecha 15 de mayo de 2009 y ser declarado infundado mediante Auto Supremo Nº 381 de 5 de septiembre de 2014, dicho proceso de unión conyugal libre o de hecho adquirió la calidad de cosa juzgada, motivo por el cual se encuentra totalmente justificada la excepción planteada