Auto Supremo AS/0216/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2016

Fecha: 20-Jul-2016

Continuó refiriendo que, no corresponde aplicar la multa del 30% establecido por el DS Nº

Continuó refiriendo que, no corresponde aplicar la multa del 30% establecido por el DS Nº 28699, toda vez que el actor percibió el pago de sus beneficios sociales el 7 de agosto de 2013. Asimismo manifiesta que la confesión convocada de oficio a la entidad demandada es contradictoria con las pruebas de descargo presentadas