Auto Supremo AS/0220/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0220/2016

Fecha: 28-Jul-2016

Por lo expuesto, ante la evidencia de que el recurso casacional fue planteado de forma

Finalmente, respecto a lo expuesto en el apartado “IV.-CONCLUSIÓN” del recurso, que señala que son evidentes en parte los reclamos efectuados en el recurso de casación, la actora no especifica cuáles son los argumentos evidentes en su recurso y cuáles no lo son, mucho menos explica la finalidad de efectuar reclamos no ciertos, tampoco aclara si lo manifestado resulta ser la confesión a la que hace referencia en el punto “II” de su memorial de casación, por lo también resulta confuso lo allí expresado, razón por la que una vez mas no es posible comprender la pretensión ni identificar alguna conclusión objetiva a la que hubiera arribado la actora respecto a los agravios denunciados, estableciéndose una vez más que el recurso es vago e incoherente .
Por lo expuesto, ante la evidencia de que el recurso casacional fue planteado de forma deficiente, lo que imposibilita su consideración en el fondo, corresponde aplicar la sanción establecida en el art. 272 num. 2, concordante con el art. 271 num. 1, vinculado al incumplimiento de las exigencias contenidas en el art. 258 num. 2, todos del CPC