Debemos partir del entendimiento sustancial de la norma laboral, respecto al beneficio social de la
Debemos partir del entendimiento sustancial de la norma laboral, respecto al beneficio social de la indemnización por tiempo de servicios, dispuesta en el art. 19 de la LGT, que señala: “El cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el término medio de los sueldos o salarios de los tres últimos meses”
- CONSIDERANDO I
- 1
- Petitorio
- Solicitó al Tribunal Supremo de Justicia, casar el Auto de Vista recurrido, y declare probada
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con
- Debemos partir del entendimiento sustancial de la norma laboral, respecto al beneficio social de la
- Por otra parte, el art
- Asimismo, el art
- Respecto al pago de los beneficios sociales, el art
- En el caso de análisis, los de instancia al determinar el no pago del
- Se salva el derecho del actor, a efectos de la indemnización respecto a la diferencia
- En relación al punto 2
- Al respecto, el art
- Por su parte, el art
- A partir de la normativa señalada precedentemente, es observable admitir que en el sector público,
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
