c)
c).- Indica, que la demanda no tiene petitorio y solo contiene una solicitud para dejar sin efecto la Resolución del Recurso Jerárquico Nº 75/2015. Señala que, sin la existencia de estos elementos no podría constituirse la causa de la pretensión, en virtud a que estos elementos a la postre se constituyen en la referencias para configurar la defensa del demandado, y siendo que el principal objetivo del proceso contencioso administrativo es la verificar la legitimidad y legalidad de los actos administrativos, resulta importante que la demanda contenga de forma clara y especifica los actos o los hechos que vulneran el derecho del demandante, más aun si en el presente caso no se le dio a conocer el memorial de subsanación de la demanda. Manifiesta que, la demanda contenciosa administrativa carece de los más básicos y esenciales contenidos para que pueda ser tramitada conforme lo determina el artículo 781 del Código de Procedimiento Civil, lo que la hace oscura e imprecisa y coloca a la parte que representa en un estado de indefensión al impedirle oponer la defensas adecuadas a través de la contestación, por su contenido confuso, subjetivo, impertinente e incongruente, por lo que al amparo del art, 336 inc. 4) del Código de Procedimiento Civil, plantea la presente excepción, solicitando se emita resolución declarándola probada y se deje sin efecto el auto de admisión de la demanda y se anule obrados hasta que la demandante subsane su demanda de acuerdo a lo observado
- Pronunciado dentro del proceso contencioso administrativo seguido por Nancy Magaly Montaño Rivadeneyra contra el Ministerio
- Que, la demanda contenciosa administrativa al tratarse de un proceso ordinario debe cumplir con los
- b)
- c)
- Que, corrida en traslado la excepción interpuesta, en observancia del artículo 338 del Código de
- En el marco de estas referencias legales y doctrinales, habrá que precisar que, la
- En el memorial de subsana observación de fs
- En virtud a lo referido, corresponde establecer que, por imperio de la Ley Nº 620,
- Por otra parte, es importante señalar, que la demanda contenciosa administrativa se la plantea en
- Por otro lado, se evidencia que la demanda contenciosa administrativa en su estructura no cumple
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
