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    Auto Supremo AS/0498/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0498/2016-RRC

    Fecha: 01-Jul-2016

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    • Por memoriales presentados el 29 de febrero y 1 de marzo, ambos de 2016, cursante
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Julio Rodríguez Chávez, interpuso recurso de apelación restringida
    • I.1.1. Motivo de los recursos de casación
    • De los recursos de casación y el Auto Supremo 359/2016-RA de 23 de mayo, se
    • Asimismo, admitió como agravio para la defensa, el hecho de que el menor víctima no
    • Añade que el Tribunal de alzada, no hizo referencia a la prueba de descargo; y,
    • Aludiendo al Auto Supremo 89/2012 de 25 de abril, indica que no se encuentra dentro
    • I.1.3. Del recurso interpuesto por el Ministerio Público
    • I.2. Petitorios
    • I.2. Admisión de los recursos
    • Por Auto Supremo 359/2016-RA de 23 de mayo, cursante de fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Julio Rodríguez Chávez, interpone recurso de apelación restringida bajo
    • Por lo precedentemente anotado, el apelante, sostuvo que el Tribunal de Sentencia basó su decisión
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • Que: a) Pese a realizar una distinción entre pruebas directas e indirectas, el Tribunal de
    • Haciendo referencia a lo dispuesto por el art
    • Que, al haberse evidenciado la defectuosa valoración de la prueba, porque en dicha actividad estuvieron
    • El Tribunal de alzada, haciendo una conceptualización del principio in dubio pro reo, acudiendo a
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • III.2.De los precedentes invocados y el análisis del caso concreto
    • En el caso de autos, tanto la Defensoría de la Niñez y Adolescencia como el
    • Similar entendimiento fue asumido por el Tribunal de casación, mediante los Autos Supremos 229/2012-RRC de
    • Existiendo una situación de hecho similar entre los precedentes invocados y el motivo de casación
    • A este fin, corresponde en primera instancia recordar que por disposición del párrafo primero del
    • Entendiéndose por normas procesales o adjetivas, las reglas a las cuales se hallan subordinadas en
    • En ese entendido, cuando un recurso de apelación restringida se sustenta en la existencia de
    • En el caso de autos, conforme lo descrito en el acápite II
    • Conforme la línea jurisprudencial señalada, la falta de fundamentación probatoria descriptiva o intelectiva- es un
    • En el caso de autos, el Tribunal de alzada en lugar de realizar un control
    • Por tal inobservancia el Ad quem, incurrió en defecto absoluto no susceptible de convalidación, conforme
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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