Auto Supremo AS/0505/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0505/2016-RRC

Fecha: 04-Jul-2016

De esta relación necesaria de antecedentes, se evidencia que el Tribunal de alzada al momento


De esta relación necesaria de antecedentes, se evidencia que el Tribunal de alzada al momento de emitir el Auto de Vista impugnado, no respondió de forma expresa ni completa al punto denunciado por el recurrente referido a la errónea aplicación de la ley sustantiva, pues de la formulación de su recurso de apelación se evidencia que el recurrente cuestionó la mala aplicación a su criterio, de la eximente prevista en el art. 11 inc. 2) del CP, con relación a los delitos previstos en los arts. 282 y 287 de la citada norma penal, por cuanto en su planteamiento la imputada actuó como persona particular y que el ostentar un cargo público, no implicaba la posibilidad de dañar la dignidad y honorabilidad de su persona, aspecto que no fue resuelto por el Tribunal de apelación, incumpliendo de esta manera con su deber de dictar una resolución debidamente motivada; toda vez, que otorgó una respuesta general, limitándose a señalar que el Juez de Sentencia motivó y explicó en forma correcta sobre el delito, sin explicar las razones por las que consideró que le quedó clara la posición sobre dicha cuestionante…